El Supremo avala el despido de un jefe de Emaya por dar clases de baile en una baja.
De baja no se baila. El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso presentado por un jefe de área de Emaya que pretendía que se declarara improcedente su despido porque la empresa le sorprendió bailando cuando estaba de baja por una rotura de menisco. Si puede bailar, puede trabajar, concluye el Alto Tribunal, en la misma línea que ya había trazado el Tribunal Superior de Justicia.
EL APUNTE
Un juzgado condenó al pago de 155.000 euros al trabajador
En la primera instancia de este proceso, un juzgado de lo Social de Palma condenó a Emaya a readmitir al trabajador o a indemnizarle con 155.000 euros por despido improcedente. Ese fallo queda corregido por la sentencia del TSJIB y la posterior del Tribunal Supremo. La magistrada consideraba que no se trataba de un baile «en absoluto dinámico ni exigente». Admitía como excusa para la baja que el trabajador tenía que conducir mucho y temía que el dolor en la rodilla le impidiera pisar el pedal del freno, por lo que aceptó su recurso.
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